A 17 años del incendio en la Guardería ABC, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves que los delitos relacionados con la tragedia, que cobró la vida de 49 niños y dejó 106 heridos son imprescriptibles, lo que abre la posibilidad de investigar y procesar a más exfuncionarios involucrados.
La decisión se tomó por unanimidad al aprobar el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien concluyó que el siniestro ocurrido el 5 de junio de 2009 en Hermosillo, Sonora, y la omisión del Estado en su deber de proteger a los menores, constituyeron “violaciones graves” a los derechos de la infancia. Aunque el fallo fue unánime, algunos ministros no coincidieron con todos los argumentos.
“Se concluye que en aras de no permitir que graves violaciones de derechos humanos gocen de condiciones de impunidad la prescripción es inadmisible e inaplicable respecto de la acción penal ejercida por delitos cometidos en los hechos cometidos como el caso guardería ABC”, dijo la ponente.
El caso, que motivó un minuto de silencio en el Pleno, fue aprovechado por las ministras María Estela Ríos González y Lenia Batres Guadarrama para señalar que la tragedia, ocurrida durante el sexenio del entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa, fue consecuencia del “modelo neoliberal” que privatizó las guarderías y “destruyó la actividad solidaria del Estado mexicano”, advirtiendo que algo así no debe repetirse.
▶️Previo a la resolución del Amparo en Revisión 648/2024, el Pleno de la #SCJN guardó un minuto de silencio en memoria de las víctimas del caso conocido como “Guardería ABC” @HugoAguilarOrti @LeniaBatres @YasminEsquivel_ @lorettaortiza @MtraEstelaRios @IrvingEspinosa_… pic.twitter.com/gIwXGwFh0e
— Suprema Corte (@SCJN) June 18, 2026
«Fue producto de un modelo de neoliberal que privatizó el servicio de las guarderías del Estado. Hay que tenerlo muy presente porque pareciera que es inocuo y que sí hubo responsabilidad del Estado porque el Estado fue el que privatizó el servicio de las guarderías y en ese sentido omitió darle la debida atención al servicio de guarderías. Recordemos eso para que no se nos olvide y digamos no a un nuevo proyecto que intente privatizar los servicios de salud pública”, dijo Ríos González.
Por su parte, la ministra Batres dijo que la tragedia fue producto de “un modelo de renuncia del Estado” a garantizar la seguridad social, así como el cuidado de la infancia.
“Este modelo neoliberal destruyó esa actividad solidaria del Estado mexicano que antes habían asumido los institutos mexicanos de seguridad social y y de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del Estado”, señaló.
⚖️ Hoy se resolvió un asunto trascendente: la no prescripción de los delitos cometidos por las personas responsables de la tragedia en la Guardería ABC, al tratarse de la comisión de delitos graves contra niñas y niños.
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Realizarán indagatorias contra exfuncionarios
La Corte se enfocó en el amparo en revisión 648/2024, promovido por Sergio Antonio Salazar Salazar, exdirector de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS (2006-2009), detenido en 2020 tras una denuncia del Instituto, junto con la entonces coordinadora nacional de Guarderías, ya que ambos no habían sido investigados antes por el caso ABC.
El exfuncionario apeló la vinculación a proceso dictada el 18 de noviembre de 2020 por homicidio y lesiones culposas por omisión en perjuicio de niños, así como la prisión preventiva justificada. Argumentó que la acción penal había prescrito, pues el plazo para perseguir esos delitos venció el 13 de septiembre de 2019, pero los tribunales federales rechazaron sus razonamientos.
“El deber de buscar la verdad, de investigar y en su caso de sancionar, no caduca con el paso de los años y mucho menos cuando las víctimas fueron niñas y niños que empezaban su vida. Estoy consciente de que esta resolución no devolvemos la vida de estas 49 menores de edad, ni reparamos por completo el dolor de sus familias, pero sí honramos su memoria”, resaltó la ministra Yasmín Esquivel Mossa.
La Suprema Corte devolvió el caso al Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito para que emita una nueva sentencia de amparo con base en este criterio y revise los demás argumentos contra su vinculación a proceso.



