No impide la ley registrar a niños recién nacidos con nombres extraños pero el Oficial del Registro Civil está obligado a sugerir no hacerlo

9 de mayo de 2019

En cumplimiento a la Ley del Registro Civil en Sonora, ningún oficial de la instancia, puede impedir que algún padre de familia quiera  registrar a su hijo con el nombre que desee, pese a que sea extraño e inusual.

El titular de la dependencia, Ulises Cristópulos Ríos, externó que pese a ello, si debe existir una sugerencia del  representante oficial, cuando se intenta registrar a un niño o niña con un nombre de pila  extraño, que puede generar problemas en el futuro del pequeño con el llamado “bullying” u otras burlas.

Agregó el director del Registro Civil que si los padres  insisten en ese nombre en especial, no habrá nada que lo impida legalmente, “lo que en muchas ocasiones pasa, explicó Ulises Cristópulos, es que esa persona con nombre extraño, al obtener la mayoría de edad, acude al Registro Civil a iniciar un procedimiento para cambiar su nombre, al rechazar el original, lo cual se hace ya de manera administrativa, sin necesidad de acudir a un juzgado de lo familiar y cuyo proceso se llama “adecuación a la realidad”, explicó.

Destacó que ese procedimiento se hace en las oficialías del Registro Civil desde el pasado mes de enero, luego de que la anterior legislatura en el Congreso del Estado, aprobó una iniciativa de  reforma para tal posibilidad, que incluye la negativa a una persona que sin un motivo valido, quiera cambiar su nombre, lo cual se tendrá que hacer en un juzgado.

El más reciente caso que ocurrió en Sinaloa, es del intento de registrar a un niño con el nombre de “AMLO Morena”, lo cual sí sucedió.

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