El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió atraer los recursos de amparo en revisión vinculados al caso de la saxofonista y activista oaxaqueña María Elena Ríos Ortiz, sobreviviente de un ataque con ácido perpetrado en septiembre de 2019.
Con una votación de siete votos a favor y uno en contra, además del impedimento declarado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra por su anterior gestión en la Fiscalía General de la República, el Máximo Tribunal constitucional aceptó la solicitud presentada por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, y la ministra Loretta Ortiz Ahlf. La resolución permitirá a la Corte revisar los amparos promovidos por los imputados, entre ellos el exdiputado local Juan Antonio Vera Carrizal, señalado como presunto autor intelectual del delito de feminicidio en grado de tentativa.
«Estamos ante un caso de extrema violencia feminicida. La intervención de esta Suprema Corte permitirá precisar los alcances del principio de inmediación y determinar las atribuciones de una persona juzgadora sustituta para dejar sin efectos un fallo absolutorio y ordenar la reposición de un juicio oral, garantizando el debido proceso y el acceso efectivo a la justicia de las víctimas de violencia de género», aseveró la ministra Loretta Ortiz Ahlf.
La intervención del Máximo Tribunal no abordará la valoración probatoria del fondo de la acusación, sino una controversia procesal de carácter inédito. El 14 de agosto de 2024, el juez de enjuiciamiento José Gabriel Ramírez Montaño emitió un fallo absolutorio en favor de Vera Carrizal y los presuntos autores materiales, Rubicel Hernández Ríos y Rubén Loaeza Chárrez. No obstante, de forma inmediata el Poder Judicial de Oaxaca suspendió de sus funciones al juzgador y designó en su lugar a la jueza María Antonia Esteva Domínguez.
Bajo el principio de inmediación, la jueza sustituta dejó sin efectos la absolución cuando únicamente restaba la lectura y redacción por escrito del fallo, frenando la liberación de los procesados y ordenando la reposición del procedimiento. Por ello, la SCJN analizará los amparos en revisión 278/2024, 279/2024, 38/2025, 55/2025 y 85/2025 para definir si un juez sustituto cuenta con las facultades legales para anular un juicio oral bajo dichas circunstancias.
El ataque con ácido ocurrió el 9 de septiembre de 2019 en el domicilio de la víctima en Huajuapan de León, Oaxaca, provocándole severas quemaduras en el rostro y cuerpo. En 2020, Vera Carrizal se entregó a las autoridades, derivando en la posterior detención de dos probables ejecutores materiales, mientras que un cuarto implicado, Juan Antonio Vera Hernández, permanece en calidad de prófugo de la justicia.
Con la atracción aprobada por el Pleno, el Máximo Tribunal fijará un criterio obligatorio para el sistema de justicia penal acusatorio sobre los límites de la sustitución de jueces y la protección de los derechos de las víctimas de violencia de género en el país.



