La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, manifestó su rechazo a la propuesta planteada por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, de gravar las herencias, legados y los recursos de las cuentas de Afore de trabajadores fallecidos. Durante su conferencia de prensa matutina, la jefa del Ejecutivo federal descartó de manera tajante la creación de nuevos impuestos de esta naturaleza y rechazó la posibilidad de impulsar un debate legislativo sobre el tema.
La mandataria federal precisó que, si bien la aplicación de cargas tributarias a las sucesiones patrimoniales es una práctica común en diversas partes del mundo, no forma parte de la agenda económica de su administración. Sheinbaum Pardo enfatizó el derecho de la ministra Batres a expresar sus posturas personales, pero acotó que el Gobierno de México no adoptará dicha línea de política fiscal ni abrirá una discusión formal ante el Congreso de la Unión.
La propuesta de la ministra Lenia Batres se fundamenta en la premisa de combatir las disparidades económicas. A través de un mensaje en sus canales informativos, Batres consideró injusto que las adjudicaciones por sucesión estén exentas de cargas impositivas bajo el argumento de que dichos recursos reproducen las desigualdades sociales al no provenir del esfuerzo laboral directo del beneficiario.
Para sustentar su postura, la integrante del máximo tribunal recurrió a datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), señalando que 24 países miembros de dicho organismo aplican gravámenes a las sucesiones, equivalentes en promedio al 0.5% de sus ingresos fiscales totales. De igual forma, recordó el antecedente histórico en México, donde existió una ley federal que regulaba este impuesto desde 1926 hasta su derogación en diciembre de 1961. No obstante, Batres reconoció expresamente que la SCJN carece de facultades para fijar tributos, siendo una competencia exclusiva del Poder Legislativo.
En el marco legal vigente de nuestro país, las sucesiones se encuentran protegidas por el andamiaje fiscal actual. El artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) estipula de manera explícita que los ingresos obtenidos por concepto de herencias o legados están completamente exentos del pago de este impuesto, condicionado únicamente a que los contribuyentes obligados cumplan con declararlos formalmente en los términos que marca la propia legislación.
Pese a que organismos internacionales como la OCDE sostienen que los impuestos sobre sucesiones bien estructurados representan herramientas válidas para limitar la concentración de la riqueza y promover la igualdad de oportunidades en las sociedades de ingresos altos, la postura definitiva del Gobierno Federal para este periodo descarta cualquier modificación regulatoria encaminada a gravar el patrimonio transferido de forma consanguínea.



